Mediante
Resolución de Superintendencia N° 390-2014/SUNAT (El Peruano
31-12-14) se ha dispuesto que a partir del 01 de enero de 2015, los
contribuyentes (no incorporados/afiliados al SLE-PLE) que hayan obtenido
ingresos iguales o mayores a 75 UIT en el ejercicio 2014, se encuentran
obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de
Compras de manera electrónica (SLE-PLE o SLE-PORTAL).
Para
determinar las 75 UIT se utiliza como referencia la UIT vigente durante el 2014
(S/. 3,800). En consecuencia, a partir del 01 de enero de 2015 estarán
obligadas a llevar el registro de compras/ventas electrónicos, las empresas
cuyos ingresos del 2014 hayan sido iguales o mayores a S/. 285,000.
La
norma acotada, según SUNAT, tiene por objeto ampliar el universo de
contribuyentes obligados a llevar registro de compras/ventas electrónicos, que
se convertirá en una nueva herramienta para la fiscalizar el cumplimiento de
las obligaciones tributarias de las pequeñas empresas.
Con
la Res. 390-2014, la SUNAT además publica las fechas máximas de atraso en el
llenado de los registros de compras y ventas electrónicos durante el año 2015.
El
25 de Agosto de 2015 empieza los vencimientos de la anotación de los libros
electrónicos de compras y ventas para los periodos de enero y febrero
2015.
Primer
Paso: Cierre de Libros Contables
Si
tú empresa está obligada a realizar la anotación de los libros electrónicos a
partir del 2015, tienes que realizar primer paso:
Cerrar
tus libros contables llevados en forma manual o computarizada al 31 de
Diciembre de 2014.
Lo
que debes hacer es realizar la impresión o llenado manual de tu registro de
compras y ventas hasta el mes de diciembre 2014. Las hojas sueltas o
folios que te sobren deberás inutilizarlo mediante una raya o la palabra
anulado. Luego, es recomendable empastaras las hojas anuladas.
Segundo
Paso: Ten presente el cronograma de vencimiento
El
cronograma de vencimiento empieza el 25 de agosto de 2015 para los 2
primeros meses de enero y febrero, ¿Por qué en agosto?, bueno es una tiempo
de gracia que otorga Sunat para que tu
empresa se pueda acoplar a la anotación de los libros electrónicos, detalle
que no pasará en el ejercicio 2016.
En
el año 2016 los vencimientos serán más próximos al igual que las
declaraciones mensuales – PDT 621, un detalle importante es que el
vencimiento de las declaraciones es primero al vencimiento de la anotación
de los libros electrónicos.
Tercer
Paso: La Anotación de los Libros Electrónicos
Los
libros electrónicos lo resumo en una oración: enviar cada mes a sunat el
detalle de nuestras ventas y compras realizadas, utilizando el PLE – Programa
de Libros Electrónicos.
Si
tú llevas contabilidad manual o computarizada, debes anotar tus
operaciones de un periodo en un formato txt que se enviara a la sunat
mediante el PLE o en su defecto SLE – Portal.
Cuarto
Paso: Rectifica tu PDT 621
Si
para el ejercicio 2015 está pendiente la rectificación
de tu PDT 621 de un periodo, hazlo antes de realizar tu anotación.
Lo
óptimo es que el monto de tus declaraciones PDT 621 debe
coincidir con el resumen de tu anotación de tus libros electrónicos.
Quinto
Paso: Elaboración de tu formato txt
Para
realizar la anotación de tus libros electrónicos lo puedes hacer
mediante el SLE – PLE o SLE – Portal, es necesario elaborar un
archivo en formato txt con el resumen de tus operaciones del periodo.
Sexto
Paso: Revisa muy bien tu archivo txt
Si
has leído este artículo hasta este momento, habrás notado que repito muy
seguido la palabra “anotación”, ¿porque? porque un error de léxico es mencionar
que los libros electrónicos se declaran.
Los
libros electrónicos no se declaran, se anotan. Esto debido a que los libros
electrónicos una vez anotado un periodo, ya no se pueden sustituir o
rectificar, la anotación quedara tal como está.
¿Qué
pasa si me equivoco? En ese caso utilizaras los estados o indicadores
de corrección, estos estados no rectifican toda la anotación del periodo, si no
van bien corrigen errores de una operación.
Séptimo
Paso: Compara tu constancia de validación con tu PDT 621
Cuando
validamos nuestro archivo txt el sistema nos permite descargar una constancia
de validación de nuestro archivo(resumen del registro).
Esta constancia
es muy importante ya que nos muestra el resumen de nuestro archivo txt, lo
más recomendable escompararlo con nuestro PDT 621 antes de proceder a
enviar el registro.
.Octavo
Paso: Realiza la Anotación
Si
ya tienes tus archivos txt de tus registros de ventas y compras, ya puedes
empezar a realizar la anotación.
El
sistema al finalizar la anotación, obtendrás una constancia por cada
anotación de cada registro.
Noveno
Paso: Guarda tus archivos txt
Una
obligación que tienes es guardar tus archivos txt y tu constancia de
anotación de tus libros electrónicos. Recuerda que para fiscalizaciones
futuras cuando te pidan exhibir tus registro de compras y ventas solo
deberás mostrar tu constancia y adjuntar tu archivo txt mediante un
medio magnético.
Decimo
Paso: Un mea culpa de tus operaciones
Con
los libros electrónicos olvídate de realizar malas prácticas, creo que
cada uno de ustedes sabe a lo que me refiero con el uso inadecuado de
comprobantes de pago en especial de las compras.
Es
muy probable que luego que las empresas realicen sus anotaciones de sus
libros electrónicos, empiece el proceso de la fiscalización parcial
electrónica.
Recuerda
la evasión tributario con dolo tiene responsabilidad penal, gerente,
contador general, asistente contable, pueden ser responsables directos o
solidarios.
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